INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (INDAP)
El objetivo del Programa es cofinanciar inversiones en obras de riego o drenaje, extraprediales, o mixtas, contribuyendo de esta manera al mejoramiento de los ingresos económicos y al desarrollo de la competitividad y sostenibilidad de los negocios.
Los beneficiarios del programa pueden pertenecer a cualquiera de las siguientes categorías: Organizaciones legalmente constituidas, Grupos de usuarios de organizaciones legalmente constituidas, Organizaciones de hecho (Comunidades de aguas no organizadas, conformadas total o mayoritariamente por beneficiarios de INDAP; Grupos de usuarios de comunidades de aguas no organizadas, conformados total o mayoritariamente por beneficiarios de INDAP; Grupos de usuarios propiamente tal, comunidades de hecho, distintos a los anteriores, conformados total o en un 75% por beneficiarios de INDAP).
Los incentivos que otorga el Programa consisten en un aporte de hasta el 90% del costo total bruto (incluido IVA) de las inversiones requeridas, para la ejecución de las obras, con un monto máximo anual de incentivo de hasta U.F. 2.000 por proyecto y de hasta U.F. 200 por cada beneficiario(a) del proyecto. El saldo del costo total deberá ser aportado por el cliente.
El cofinanciamiento podrá consistir en aportes en dinero (fuente propia o crédito, incluido INDAP), trabajo o materiales, éstos últimos debidamente valorizados en el proyecto y aceptados por el contratista que ejecute la obra.
Los beneficios del Programa permiten apoyar la concreción de inversiones en obras de riego o drenaje, extraprediales o mixtas, es decir, una combinación de una obra extrapredial con obras intraprediales de tecnificación del riego. Según el propósito de las obras, estas inversiones se clasifican en alguna de las siguientes categorías:
Los requisitos específicos del Programa involucran las siguientes consideraciones según corresponda:
Quienes deseen postular y cumplan los requisitos de acceso, deberán realizar su postulación en la Agencia de Área de INDAP que territorialmente les pertenece, a través de una solicitud de preinversión, cuyo formato se adjunta a la presente Normativa.