Estudios de Riego y Drenaje

INSTITUCIÓN

INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO (INDAP)

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

Incrementar la superficie regada, promover  un mejoramiento del abastecimiento de agua, incentivar el uso más eficiente de la aplicación del agua e incorporar nuevos suelos a la explotación agropecuaria, esto último, por la vía de eliminar el mal drenaje o facilitar la puesta en riego predial.

¿A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO?

El instrumento esta destinado a los siguientes tipos de usuarios, cuyo perfil se describe en las Normas Técnicas del programa.

  • Productores de multiactividad
  • Usuarios(as) individuales.
  • Empresas asociativas.
  • Organizaciones de usuarios de aguas.
  • Comunidades de aguas no organizadas.
  • Comunidades agrícolas de la IV Región.
  • Grupos de usuarios(as) de agua.

¿CUÁNTO FINANCIA?

Es un instrumento de fomento que entrega incentivos económicos a los(as) pequeños(as) productores(as) agrícolas que necesiten contratar el servicio de formulación de proyectos que serán presentados en los concursos de la Ley Nº 18.450, que incorporen obras de riego o drenaje extraprediales o intraprediales, tanto individuales como asociativas, las que pueden agruparse en las siguientes categorías:

a.Proyectos de construcción de nuevas obras de riego.

b.Proyectos de mejoramiento, rehabilitación o ampliación de obras.

c.Proyectos de tecnificación de riego.

d.Proyectos de construcción de obras de drenaje.

e.Proyectos que contribuyan a la prevención y mitigación de contaminación de aguas.

f.Proyectos intraprediales de tecnificación de aplicación de aguas de riego en el marco de la agricultura sustentable (producción limpia, agricultura orgánica, agricultura integrada o agricultura que incorpore Buenas Prácticas Agrícolas, BPA).

Cabe destacar que el incentivo es entregado una vez que se acredite la calidad de seleccionado del proyecto en el concurso respectivo, por parte de la Comisión Nacional de Riego, CNR. En caso de que el proyecto fuere rechazado por causas comprobadamente atribuibles a una mala formulación del proyecto por parte del consultor, INDAP podrá solicitar la devolución de los aportes entregados.

BENEFICIOS PARA EL USUARIO

Los(as) usuarios(as) de este instrumento pueden obtener financiamiento por un máximo de 90%  del valor de los honorarios del consultor que elabora el proyecto. El costo del estudio es proporcional al costo de ejecución de obras, con un máximo equivalente al 10% del monto total de inversión.

A fin de garantizar la calidad de los servicios que reciben los(as) usuarios(as), se exige que la empresa consultora esté inscrita en el Registro de Proveedores de Servicios de Fomento de INDAP y que acredite su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Dirección General de Obras Públicas, en la especialidad “Estudios del Uso de Agua y del Suelo”. Los(as) usuarios pueden seleccionar directamente al consultor o bien entregan un mandato a INDAP para que les apoye en el procedimiento de selección mediante propuesta privada.

 

Requisitos específicos

Los(as) interesados(as) en postular deben: 

Financiar el saldo del costo total del proyecto que no sea cubierto por los incentivos económicos entregados por INDAP, con recursos propios o créditos entregados por INDAP o terceros.
 
Contar con derechos de aprovechamiento de aguas inscritos en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o susceptibles de ser regularizados según la legislación vigente.

Las organizaciones de usuarios de aguas y comunidades de aguas no organizadas podrán optar a una bonificación máxima de 90% del costo total de proyecto, siempre que estén integradas a lo menos por un 70% de beneficiarios(as) de INDAP. Si esta proporción fuere menor al 70%, sólo podrán postular a un máximo de 80% de bonificación.
 
Documentación requerida específica del Servicio o Programa:

1) Carta compromiso en la cual el postulante declare que cumple con las exigencias estipuladas en el Titulo III, artículo 11º, letra d, del Reglamento General para la Entrega de Incentivos Económicos de Fomento Productivo.

2) Certificado del Registro Público de Derechos de Aprovechamiento de Aguas que acredite que los derechos de aguas utilizados en el proyecto se encuentran inscritos o bien en trámite, mediante copia de la Solicitud de Certificado ingresada en la DGA o copia de la Demanda ingresada en el Tribunal de Justicia correspondiente; según lo dispuesto en el artículo 122 del Código de Aguas.

3) Las comunidades de aguas no organizadas deben acompañar los documentos justificativos de haberse iniciado los procedimientos establecidos por los artículos pertinentes del Código de Aguas o una copia del Acta de la Primera Asamblea de Comuneros autorizada ante notario.

4) Las organizaciones de usuarios(as) de aguas, las empresas individuales y empresas asociativas deberán presentar además la siguiente documentación:

  • Certificado de detalle de entidad receptora de fondos, que acredite que se encuentran inscritas en el Registro de personas jurídicas receptoras de fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en la Ley N 19.862.
  • Copia del mandato de representación legal vigente (según corresponda).

5) Comunidades de aguas no organizadas y los grupos de usuarios(as) de aguas deberán entregar una nómina consignando el nombre y RUT de cada uno de sus integrantes y un mandato simple, debidamente firmado, individualizando a sus respectivos representantes.  En el caso de las comunidades de aguas no organizadas, esto podrá ser acreditado mediante copia de la reducción a escritura pública de la constitución de la comunidad.
 
6) Solicitud de estudio de pre-inversión firmada por el solicitante, con antecedentes técnicos que permitan esbozar un perfil de proyecto, es decir, si se trata de riego o drenaje, obras civiles o tecnificación, intra o extra predial, etc.

 

Dónde realizo el trámite

La postulación se realiza en la agencia de Área, por medio de la presentación de una solicitud de estudio de pre inversión.

Los llamados a postulación se realizan según la programación que cada Dirección Regional de INDAP determine para sus territorios y serán publicadas en medios de circulación regional y mediante avisos en el Portal INDAP www.indap.gob.cl